sábado, 16 de julho de 2011

ESTRATEGIA DE INTERVENCION EN BULLYING DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS (Abraham Magendzo K)

ESTRATEGIA DE  INTERVENCION EN BULLYING DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS

Abraham Magendzo K
Coordinador  Cátedra UNESCO en EDH
Universidad Academia de Humanismo Cristiano
ONG : Fundación Ideas
Chile
Junio 2011


La intimidación o bullying  es un hostigamiento permanente y reiterado de un estudiante, o un grupo de estudiantes, a otro estudiante o grupo. Se trata de una relación asimétrica de poder, en la cual el más débil no puede responder las agresiones del más fuerte (Magendzo, Toledo & Rosenfeld, 2004).[1]Este fenómeno existe en los establecimientos educacionales, pero también con otros nombres se ve su ocurrencia en contextos laborales, al interior de las fuerzas armadas, en el ciberespacio, etc. La intimidación existe donde los sujetos mantienen interacciones durante un período prolongado de tiempo. Se trata un fenómeno transcultural (Smith & Levan, 1995),[2] que se manifiesta de forma diferente según el contexto que lo enmarque.

La intimidación es una problemática vinculada con fenómenos tales como la intolerancia, la discriminación de cualquier tipo, la negación de la diversidad social y cultural, la incapacidad de reconocer al Otro/Otra como un legitimo Otro/Otra. Se asocia tanto a prejuicios como estereotipos, y al atropello de la dignidad de las personas.

Como es sabido, diversas y variadas estrategias de intervención se han desarrollado e implementado mundialmente para atender y prevenir el  fenómeno del bullying escolar, tanto a nivel individual, a nivel de aula, como considerando un nivel holista que incluya a la escuela completa y a la comunidad.[3] Existe un consenso casi unánime de que es necesario emplear estrategias integrales con un enfoque psicosocial para el abordaje de este complejo fenómeno, lo que de hecho implica coordinar todos los niveles anteriormente mencionados, involucrando así a los diversos actores que intervienen en la escuela, a saber: directivos, profesores, padres, estudiantes y personal de apoyo. Este consenso contraviene posturas de judicialización del bullying que, según nuestra perspectiva, no hacen sino vigorizar el modelo de la escuela autoritaria y punitiva, tan en boga históricamente en nuestro sistema educacional. Más aún, la  judicialización del bullying  significa  exaltar y darle un alto status a un complejo y engorroso lenguaje jurídico-penal para el que la escuela no esta preparada y que la desafía en su más intima postura educativa.

Nuestra propuesta para atender y prevenir el bullying escolar es adoptar una Perspectiva de Derechos Humanos, que si bien no es  una visión completamente original, viene a reforzar algunas iniciativas que al respecto ya se han elaborado, desde una mirada de la educación en derechos humanos. En efecto, Michaell Greene [4] señala quela adopción y la infusión de un marco referencial de derechos humanos aumenta la eficacia y la sustentabilidad en el tiempo de los programas de prevención del bullying en las escuelas”.

Además Greene es crítico frente a las leyes anti-bullying que actualmente existen, ya que éstas se centran exclusivamente en el agresor, y no promueven, por ende, un discurso sobre los derechos civiles, que ponga en relieve las normas subyacentes que producen o facilitan el ambiente hostil para que tales comportamientos violentos ocurran. En este sentido, el autor argumenta, esencialmente, que un clima positivo puede surgir si las leyes  anti-bullying se invocasen como parte de una perspectiva más amplia de los derechos humanos. Por sobre todo, señala que las escuelas deben atender los motivos específicos que subyacen a las formas más frecuentes y graves de bullying escolar, por ejemplo, la raza, el origen nacional, la orientación sexual, el género, la apariencia física, cualquier tipo de discapacidad, y  la clase social. Greene indica, además, que vincular  la educación en derechos humanos sólo con aspectos normativos es una postura restrictiva y una mirada no integral u holística para el abordaje del fenómeno del bullying. De esta manera, una perspectiva de derechos humanos no sólo permite comprender  todas las formas de bullying escolar como violaciones a los derechos humanos, sino que también  sirve  para movilizar a las escuelas y las comunidades en la atención y prevención del bullying. Más aún,  una perspectiva de derechos humanos atiende explícitamente  la intimidación basada en discriminaciones, intolerancias, prejuicios  estereotipos, y las diversas formas de rechazo frente a la diversidad social y cultural.

Adicionalmente,  la perspectiva de los derechos humanos  que  ha sido implementada en más de mil escuelas a partir del Proyecto de la UNICEF en Inglaterra, según el cual la intervención debiera consistir en enseñarles a los estudiantes sobre sus derechos y responsabilidades, probó que este tipo de abordaje reducía el bullying considerablemente y permitía además la mejora en las relaciones entre profesores y alumnos, favoreciendo así un clima escolar más calmado que favorecía el aprendizaje[5]

Ahora bien, fundamentados en el trabajo que hemos emprendido por años en  Chile y en América Latina  en educación en derechos [6]queremos, tal como ya lo hemos enunciado, levantar nuestra propuesta de atender y prevenir el bullying desde una perspectiva de la educación en derechos humanos. La educación en derechos humanos en América Latina  goza ya de una historia que se remonta a la década de los ochenta del siglo pasado, teniendo sus antecedentes en la educación popular y en la teoría y la pedagogía crítica. En este sentido debemos reconocer que, pese a las dificultades y obstáculos que se han presentado, muchas veces debidos a contextos adversos, la educación en derechos humanos ha ido ganando terreno. Desde ya debemos hacer notar que los derechos humanos han sido incluidos legalmente al currículum de casi todos los países. Se evidencia en América Latina la existencia de un movimiento de reforma favorable a la inclusión de contenidos relacionados con los derechos humanos, que viene desarrollándose desde los años de recuperación de la democracia en la región y que de alguna manera ha presionado sobre las reformas educacionales y curriculares mismas. Adicionalmente, en el quehacer educativo en derechos humanos, se ha ido cristalizando un pensamiento y una serie de ideas fuerza que revelan la vitalidad que el tema tiene, aun en contextos y en sociedades  bastante negadoras  de derechos. [7]



1.     Fundamentación teórica

            Establecer la  relación  que existe entre los derechos humanos y  el  fenómeno del  bullying, como lo señala Michael Greene[8], permite  abrir y comprender mejor este fenómeno, tanto desde el punto de vista  teórico como práctico. Se pretende mostrar como los derechos humanos son una plataforma ético-ideológica sobre la cual se articula una estrategia de intervención, de prevención y atención del bullying.

Cabe señalar que la relación entre bullying y los derechos humanos ha sido poco abordada en la investigación y en la literatura especializada. Por sobre todo, existe un escasa comprensión de cómo una perspectiva de los derechos humanos es una forma integral y social  para atender, prevenir  y desarrollar acciones de intervención  para mitigar el bullying en el ámbito escolar. Dan Olweus (2001)[9], que es considerado mundialmente como el pionero del tema del bullying, acota que “es democráticamente fundamental  y que es un derecho humano que un niño se sienta seguro en la escuela y que no tenga temor de la opresión  repetida y la humillación intencional que implica la victimización de los pares o el bullying“ (pp11-12). En esta misma línea, el investigador inglés, Peter Smith (2002)[10], hace ver que “el creciente interés que se observa respecto al bullying se explica por la progresiva toma de conciencia de los derechos que le asisten a las personas” (p.205). Sin embargo, Michael B. Greene[11] comenta que ni Olweus y tampoco Smith han brindado mayor reflexión en torno a las implicancias de incorporar una perspectiva de derechos humanos como estrategia para prevenir el bullying.

Tal como ya se señaló , el bullying contraviene una serie de derechos humanos consignados en importantes instrumentos internacionales y nacionales referidos a los derechos humanos.

En efecto, el bullying transgrede principios fundantes de la  Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH, 1948) que establece “que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” (Artículo 1). Sin duda, en el bullying hay un menoscabo a la dignidad de la persona y una incapacidad de proceder solidariamente con el Otro/Otra. Esto último es válido no sólo para el intimidador sino que igualmente  para los testigos que presencian los actos de intimidación y que no son capaces de reaccionar y empatizar  con las víctimas, en ocasiones volviéndose incluso apoyadores del intimidador. El bullying, de acuerdo a las descripciones que hacen las víctimas, es un acto deshonroso e indigno que afecta extremadamente a la víctima, humillándola y sometiéndola, y conduciendo en algunos casos  a que las victimas  deseen o de hecho atenten contra su vida.

Por su parte, la Declaración  de los Derechos del Niño (1959)  señala textualmente lo siguiente: El niño debe ser protegido contra las prácticas discriminatorias. Si alguno es diferente al resto de los demás porque habla otro idioma, tiene otros gustos, otras costumbres, otras ideas, otra religión o viene de otro pueblo, no debe hacérsele sentir inferior o extraño, tiene los mismos derechos que los demás. Cualquiera que sea el color de la piel, de sus ojos o de su cabello, tiene derecho a ser respetado. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes”.(Principio Nº 10)

De igual manera, la Convención sobre los Derechos del Niño (1989)  es muy clara al señalar que “Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación; el niño tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques”. (Artículo 16)

Es interesante  destacar  que en la  Declaración de Viena (1993) se acordó que “la no discriminación y el interés superior del niño deben ser consideraciones primordiales en todas las actividades que conciernan a la infancia, teniendo debidamente en cuenta la opinión de los propios interesados”. (Nº21)


Una característica transversal al fenómeno del bullying es, precisamente, la  práctica discriminatoria por excelencia ya que comporta el hecho de inferiorizar a un estudiante por el sólo hecho de poseer algún rasgo distintivo y propio. Las formas que adopta la discriminación son múltiples y complejas, y generan marginación y exclusión. Ésta puede darse de la forma más sutil, por ejemplo con comentarios degradantes, actitudes negativas, restricción de oportunidades, etc. hasta actitudes deliberadas como la negación de servicios, persecuciones, tratos crueles e inhumanos y crímenes por odio hacia algún grupo en particular. En consecuencia, todas las formas de discriminación, entre ellas el bullying, son un atentado a los derechos humanos de las personas.

Los instrumentos internacionales de derechos humanos han hecho mucho  hincapié en la erradicación de todo tipo de discriminación partiendo por la propia Declaración Universal de los Derechos Humanos, que hizo del principio de igualdad una norma jurídica. Por su parte, en el Pacto Internacional de Derechos  Económicos, Sociales y Culturales (1966) los principios de no discriminación e igualdad están reconocidos transversalmente en este Pacto. Al igual que lo están en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966), que señala textualmente:

Todo niño tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado".(Artículo 2).

Cabe hacer notar, además, que la Comunidad Internacional ha ido elaborando instrumentos específicos en relación a grupos que han sido objeto de severas discriminaciones históricas. Entre estos, se ubica la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (1960); la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1965); la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (1967), que garantiza la igualdad de derechos de hombres y mujeres en cuanto al goce de los derechos económicos, sociales y culturales; la Declaración de la Asamblea General  de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones (1981); la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo (2006); la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (2005).

            Al respecto, la literatura especializada referida al bullying da cuenta de una serie de investigaciones que  intentan estudiar la asociación que existe, precisamente, entre los grupos que históricamente han sido objeto de  violación en sus derechos y de discriminaciones y el fenómeno del  bullying. De hecho, las tensiones relacionadas con la orientación sexual, el género, la raza/etnia, la discapacidad, la religión y la cultura, la clase social y la situación económica, entre otras, a menudo conducen a una amplia gama de comportamientos que pueden calificarse de bullying.

Es así como se ha estudiado el bullying homofóbico, que se vincula con conductas de maltrato que toman como objeto la orientación sexual de la víctima;[12],.[13];[14].; la relación entre bullying y género, especialmente  la intimidación  con las estudiantes de sexo femenino[15] el bullying racista o xenófobo que dice relación con la intimidación por razones étnicas, de inmigrantes y religiosas [16];[17];[18] ; bullying con   estudiantes  discapacitados, es decir que tienen habilidades especiales: bullying y situación económica y social   en la que ha detectado que existe una asociación significativa entre el nivel de inequidad de  ingresos en los países y  el bullying escolar en estudiantes [19].

Por último, deseamos reiterar una vez más que el bullying escolar es una clara manifestación de violación a derechos humanos fundamentales de los y las estudiantes ya que, por un lado, hay un intimidador/ victimizador o grupo que se proponen de manera intencional y premeditada producir daño, de menoscabar la dignidad del Otro/Otra, de humillarlo(a), de denigrarlo(a),de discriminarlo(a) haciendo uso de diferentes formas de agresión( física , verbal ;agresión indirecta) y, por el otro, asume particularidades y consecuencias muy cercanas a la violación de derechos que se caracteriza por desequilibrio de fuerzas entre el victimario y la víctima y un abuso arbitrario  y desmedido del poder por parte de los o las intimidadores(as) y la víctima que lleva a ésta a un estado de indefensión con graves consecuencias para las víctimas.

Más aún, la cercanía entre bullying y la violación a los derechos humanos se refiere a la repercusión  social - perdurable en el tiempo- que ambas poseen. En el caso de la violación de los derechos humanos, especialmente los civiles y políticos, hay efectos directos sobre la cohesión social, cultural y política de una sociedad. El bullying  escolar tiene consecuencias negativas  sobre  el clima y la convivencia  escolar que  genera estados emocionales que impactan en la sala de clases. [20]

En definitiva, los antecedentes teóricos revisados nos permiten levantar nuestra propuesta de atención y prevención del bullying escolar desde una perspectiva de los derechos humanos, bajo el principio de que en la medida en que las instituciones educacionales y los diversos actores que la componen -en especial los y las estudiantes- tengan conocimientos  respecto a los derechos humanos, desarrollarán actitudes y actuarán en concordancia con los principios éticos que avalan el legado de los derechos humanos, por lo que en consecuencia el bullying escolar se verá disminuido.



2.     Objetivos del programa

La estrategia de atención y prevención del bullying escolar en la perspectiva de los derechos humanos se propone que las instituciones educacionales, sus directivos, sus profesores, los padres  y por sobre todo los y las estudiantes, logren los objetivos siguientes:
 
ü     Entender, tomar conciencia y actuar en consecuencia respecto a la relación que existe entre el fenómeno del bullying escolar y los derechos humanos;
ü     Desarrollar en los estudiantes una serie de competencias básicas que los refuerce como sujetos de derechos y desde ahí disponerse a participar activamente en la atención y prevención del bullying;
ü     Proporcionarle a las instituciones educacionales y por sobre todo a los docentes, de un currículum en competencias  básicas, y de una propuesta pedagógica, didáctica y evaluativa para atender, intervenir y prevenir el bullying. 




3.     Metodología de trabajo


La metodología de trabajo que desarrolla la propuesta de intervención para atender y prevenir el bullying desde una perspectiva de derechos humanos, se articula principalmente en torno a tres ejes:

·        Un currículum escolar formador por sujetos de derecho, con un enfoque en competencias básicas  y específicas;

·        Una pedagogía  y una didáctica crítica y problematizadora, que permita que los estudiantes analicen las consecuencias y conflictos  que el bullying confronta en su relación con los derechos humanos;

·        Algunas sugerencias respecto a las modalidades de evaluación que  la propuesta tiene para medir si el bullying ha decrecido. .   


a) Currículum:

En primer lugar, es importante hacer notar que el currículum se ha diseñado en torno a una serie de  competencias básicas  y específicas  que se espera  que  los y las estudiantes logren, con el fin de que se construyan como sujetos de derecho, lo que en definitiva los capacitará para  enfrentar el fenómeno del bullying escolar en sus diversas formas. Estas competencias tienen un comportamiento sistémico, es decir, son más que una suma de competencias aisladas, en la medida en que se retroalimentan constantemente entre sí y se hacen interdependientes

En segundo término, el currículum por competencias básicas no constituye una asignatura, sino que  deben infundirse e incorporarse  integral y transversalmente en el Proyecto Educacional Institucional, en la cultura escolar, en los reglamentos de convivencia escolar y por sobre todo en  los contenidos y actividades  de los programas de estudios de las diversas asignaturas  que conforman el currículum oficial que ha sido elaborado por el Ministerio de Educación. En otras palabras, se trata de que la institución escolar integralmente haga suya la consumación de las competencias y que éstas estén presentes en todo el quehacer institucional 

En tercer lugar las competencias básicas son transferibles, a diferencia de los contenidos específicos, pues se aplican en múltiples situaciones y contextos para conseguir distintos objetivos, resolver situaciones o problemas variados y realizar diferentes tipos de trabajos. Además, son integradoras, a diferencia de los contenidos específicos, porque combinan conocimientos (“saber”), destrezas (“hacer”) y actitudes (“querer”).


Por último, es relevante señalar que el desarrollo de las competencias básicas y específicas  no sólo son condición necesaria para lograr  atender y prevenir el fenómeno del bullying en la escuela, sino que además, y concomitantemente, son competencias que serán útiles a lo largo de la vida del estudiante, facultándolo para desenvolverse en las distintas situaciones y contextos sociales  y culturales en que les tocará actuar.
           
Es importante hacer ver que las competencias básicas y específicas  que se espera que los estudiantes alcancen -y que a continuación se enlistan- son aquellas que la experiencia en educación en derechos humanos ha mostrado como las centrales y más relevantes, sin que esto signifique que no existan otras competencias que puedan eventualmente contribuir también a la formación del sujeto de derechos 

            Entre las competencias que hemos seleccionado cabe mencionar las siguientes:

       i.            Me construyo y actuó como sujeto de derechos

Un currículum con perspectiva de derechos humanos tiene como propósito central e ineludible el de contribuir a que los estudiantes se construyan como Sujetos de Derechos, es decir, tener la capacidad de hacer valer los derechos propios y de los demás en todas las instancias de la vida; comprendiendo que el  bullying escolar es un comportamiento  en el que se conculcan los derechos  humanos .Un sujeto de derechos es aquel que es capaz  de darle sentido a su existencia, elaborando proyectos de acción y de vida personal y colectivos, en donde los principios éticos y normativos  de los derechos humanos son el eje articulador de éstos proyectos.

Ahora bien, dado que los derechos humanos se dan en la interacción con los demás, los proyectos personales se construyen en el diálogo con los proyectos de los otros y otras para así encontrar puntos de confidencia y de encuentros. Aceptando desavenencias y desencuentros, que eventualmente  puedan surgir, siempre y cuando los proyectos no tengan un componente violador de derechos.

El sujeto de derechos tiene una postura transformadora, conducente a bregar porque los derechos de todos y todas sean reconocidos y atendidos en justicia y en dignidad. En este sentido, los y las  estudiantes sujetos de derechos, hacen de sus proyectos una instancia emancipadora, como lo diría Pablo Freire; una instancia de empoderamiento personal y colectivo y de entender que  los derechos son exigibles, inalienables, irrenunciables e interdependientes. En este contexto, los  proyectos personales y colectivos,  desde una óptica de los derechos humanos, son un componente fundamental para atender y prevenir el bullying escolar.

En términos más específicos se  espera que  los y las estudiantes sean capaces:

-         En el plano cognitivo, por ejemplo:

ü     Conocer, comprender y analizar  los fundamentos históricos, éticos y políticos que definen y caracterizan a los derechos humanos. y algunos de los instrumentos internacionales y nacionales  en los se consignan los derechos fundamentales que los países  han suscrito y se han comprometido hacer vigentes.
ü     Conocer y analizar, entre otros documentos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), la  Declaración de los Derechos del Niño (1989) y la Convención sobre los Derechos del Niño.
ü     Saber e identificar cuales son las instituciones, instancias y autoridades internacionales y nacionales  a las que se pueda acudir para, por un lado, exigir  la vigencia de sus derechos y el de los demás y, por el otro, para notificar  cuando sus derechos y el de los otros/otras  han sido conculcados.
ü     Entender que los planes de acción y proyectos de vida no son prerrogativas exclusivas de los adultos, sino que se formulan a toda edad, con los niveles de profundidad que sus desarrollos cognitivos y emocionales ameritan; comprendiendo que todos y todas somos seres con sentido de existencia. Además, que sean capaces de establecer similitudes y  diferencias entre un proyecto de vida personal y un proyecto de vida colectivo; en donde el respeto a los derechos humanos es un componente transversal  y ético  de estos proyectos


-         En el plano actitudinal – valórico, por ejemplo:

ü     Tomar consciencia que el fenómeno del bullying  contraviene  y vulnera los derechos humanos.
ü     Estar dispuesto estar dispuestos a revelar y defender -con información fidedigna-  situaciones que violan a los derechos humanos propios y de los demás , al interior de las escuela, familia, comunidad.


-         En el plano comportamental, por ejemplo:

ü     Pedir y exigir que se administren acciones tendientes a reparar las consecuencias del bullying; se organizan y levantan propuestas concretas para salir en resguardo de la vigencia de los derechos humanos. Se espera que se constituyan en grupo anti-bullying que forme parte integral de un plan de acción colectivo.



     ii.            Desarrollando la capacidad de tolerancia, de no discriminación y la habilidad de convivir con la diversidad cultural y social

Esta competencia constituye la plataforma sobre la que se asienta la perspectiva de derechos humanos para atender y prevenir el fenómeno del bullying en la escuela. Esta competencia se relaciona con una serie de valores  a las que la educación en derechos humanos propende, y que reafirman la calidad de sujeto de derechos, como  son la tolerancia, la no discriminación, la solidaridad, la responsabilidad, el reforzamiento de la identidad propia en el reconocimiento de otras identidades; la igualdad de todos los seres humanos; la libertad, el respeto a la multiplicidad de manifestaciones religiosas y espirituales, de orientaciones sexuales, de género, de capacidades múltiples etc. Por sobre todo, tiene relación con la acogida y reconocimiento del Otro/Otra como un legitimo Otra/Otro. En efecto, uno se hace sujeto de derechos en la medida  en que se asume una  responsabilidad ética con el otro/otra igual a mí, aunque distinto, como responsabilidad para lo que no es asunto mío o que incluso no me concierne; o que precisamente me concierne. Esta responsabilidad es el componente básico de una intervención anti-bullying en la escuela.

En términos más específicos se  espera que  los y las estudiantes sean capaces de:

-         En el plano cognitivo, por ejemplo:

ü     Saber y comprender que el fenómeno del bullying contraviene y vulnera  una serie de derechos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en una serie de otros instrumentos internacionales; tomando conciencia que el bullying escolar  es una manifestación clara de intolerancia, discriminación e incapacidad de convivir con la diversidad cultural y social; que niega la existencia de una variedad no coincidente de creencias, convicciones, sentimientos y puntos de vistas y que es una relación de poder asimétrico que conlleva abusos y atentados  contra una  forma de convivencia sana, democrática y pacifica.
ü     Comprender que la tolerancia, la no discriminación y la capacidad de convivir con la diversidad cultural y social no refiere únicamente a los grupos étnicos, a otros grupos que históricamente han sido y son excluidos y discriminados (como son las mujeres, las personas con capacidades intelectuales, físicas y emocionales diferentes, los homosexuales y lesbianas, los que profesan religiones o formas espirituales diversas, inmigrantes), sino que también incluye a todas las personas que tienen particularidades propias como son las características físicas, psicológicas, emocionales  e intelectuales: es decir, que cualquiera puede ser víctima de bullying.

-         En el plano actitudinal –valórico, por ejemplo:

ü     Estar dispuestos a dialogar y analizar, sin tapujos ni temores, respecto al tema del bullying, con sus compañeros, profesores y padres, y asumiendo que siempre es positivo recibir  críticas y opiniones distintas a las propias.  En este sentido, estar listos a actuar, sin reparos  y evasivas frente a manifestaciones de exclusión, de intolerancia y  de discriminación, y de abuso indebido de poder que  el bullying conlleva. En otras palabras, tienen una actitud de rechazo y de no aceptación frente a la intimidación. De esta manera, asumen una actitud crítica que les permite analizar sus propios prejuicios y estereotipos y conductas intolerantes, así como las de los demás.

-         En el plano comportamental, por ejemplo:

ü     Enfrentados a situaciones de intimidación, discriminación y exclusión de algunos estudiantes en que se menoscaba el derecho que le asiste a todos y a todas a participar de una vida escolar sana, sin temores  y  desconfianzas, reaccionan con entereza y decisión, sin claudicar y renunciar a los principios básicos que sustentan a una convivencia democrática y amistosa, en que se respeta principalmente la dignidad irrestricta de todas las personas independientemente de su origen.
ü     Frente a discrepancias y conflictos con los demás, propio de las situaciones de intimidación ponen en juego  las habilidades intelectuales y emocionales para enfrentar la situación en forma pacífica. Para ello, identifican áreas de acuerdo y desacuerdo y comprenden que cada uno/una habla desde su propio posicionamiento y experiencia histórica, cultural y social



  iii.            Construyendo Capital Social y Emocional

La  competencia básica vinculada con el capital social y emocional es un componente muy indispensable para prevenir la violencia y el bullying en las instituciones escolares, dado que crea redes de confianza y apoyo. La investigación y la literatura así lo constatan[21]. Este ámbito de competencias intenta que las y  los estudiantes, desde edades tempranas, aprendan a desarrollar redes sociales como son los lazos de parentesco, las redes comunitarias informales, las organizaciones sociales, los grupos infantiles y juveniles, etc. El mantenimiento de estos vínculos de confianza permite obtener beneficios en forma de flujos de solidaridad, capacidad de defensa de intereses y derechos, obtención de información, etc. Los y las  estudiantes aprenden a crear grupos afectivos de amigos cercanos que comparten los mismos gustos, estilos de vida y valores. Se trata, en definitiva, de desarrollar en los  y las estudiantes conocimientos, actitudes y valores como la confianza interpersonal, la asociatividad, fundadas en enlaces de afinidad y compañerismo y en sentimientos de respeto mutuo y solidaridad, de reciprocidad y cooperación; todos aprendizajes que  mejoran la eficiencia de la institución educativa y son catalizadores del fenómeno del bullying.

Ahora bien, el desarrollo del capital emocional –que se vincula estrechamente con el capital social – compromete el desarrollo de una serie de otras competencias relacionadas, por ejemplo, con el conocimiento de sí mismo, con la tolerancia a la frustración, la empatía, la autoestima, sentimientos de solidaridad, respeto por las normas, etc.

En términos más específicos se espera que los y las estudiantes sean capaces de:



-         En el plano cognitivo , por ejemplo:

ü     Conocer las normas que rigen la convivencia social tanto en la comunidad, el hogar y la escuela; comprendiendo críticamente la racionalidad sobre las que estas normas se han construido y entienden que al aceptarlas se está contribuyendo a crear un medio en que todos y todas pueden actuar en la confianza mutua.
ü     Entender que en una convivencia basada sobre la confianza están en juego cualidades y valores sociales y morales como la lealtad, la honestidad, la rectitud, la sinceridad, la franqueza entre las personas.
ü     Comprender que en toda relación humana hay situaciones tensiónales y conflictivas  como lo hay en el bullying y que, por consiguiente, hay necesidad de disponerse a analizar los asuntos e intereses que están en juego (poder, reconocimiento de meritos, división roles, equidad), así como el origen del conflicto y las posturas de todos los lados, aceptando que hay posiciones diferentes.


-         En el plano actitudinal-valórico, por ejemplo:

ü     Tener la disposición para participar en asociaciones cívicas diversas, tanto al interior de las escuelas como en sus localidades y comunidades cuyos miembros se comprometen en acciones colectivas.
ü     Tener una actitud abierta para integrarse y crear redes sociales que van más allá de las redes primarias: familias, colegios, amigos; como pueden ser grupos de voluntariado, movimientos sociales, agrupaciones artísticas y culturales, partidos políticos, asociaciones juveniles, etc.
ü     Valorar la construcción de redes de confianza impulsando acciones que revelan su capacidad de confiar en las personas con las que interactúan permanentemente: padres, profesores compañeros, amigos e incluso con aquellos con los que tratan por primera vez, tomando las prudencias del caso.


-         En el plano comportamental, por ejemplo:

ü     Ser capaces de crear redes de estudiantes  que  se organizan para enfrentar  situaciones de bullying demostrando la habilidad intelectual y emocional para enfrentar  estas situaciones conflictivas en forma pacífica.
ü     Ser capaces de identificar áreas de acuerdo y desacuerdo y comprenden que cada uno/una habla desde su propio posicionamiento y experiencia histórica, cultural y social. Dicho de otra manera,  que todos y todas  tienen derecho a la palabra cualquiera sea el rol que asuman en el fenómeno del bullying.



  iv.            Capacidad de autorregulación social y emocional

La autorregulación social y emocional es un proceso integrado y transversal al conjunto de  todas las competencias y que esta estrechamente relacionada con  el comportamiento de victimarios, victimas, testigos y todos los que directa o indirectamente intervienen en el bullying  La autorregulación social y emocional  se desarrolla desde edades tempranas  a medida que se crece  y se participa en situaciones de interacción social. Desarrollar esta competencia no solo predispone a los y las estudiantes  a ser personas  responsables ante sí mismo y ante los demás, sino también a ser personas autónomas que haciendo uso de su libertad, tiene presente la libertad de los otros y se comporta fraternal y solidariamente con ellos, condición necesaria para atender y prevenir el bullying.

La competencia de autorregulación influye en aspectos como la empatía, el control de impulsos, la resolución de problemas, el control de la ira, el reconocimiento de similitudes y diferencias entre personas, los procesos de comunicación y relación interpersonales, los pensamientos funcionales/disfuncionales o procesos de confrontación de situaciones estresantes. Todos ellos comportamientos estrechamente vinculados con el fenómeno del bullying. No hay que olvidar que el bullying  se caracteriza, por lo general, por  la falta de empatía con el Otro/Otra, con el descontrol, el arrebato y con situaciones de mucho estrés, es decir con la incapacidad de controlar la conducta.

La autorregulación se la ha definido como la capacidad de gestionar adecuadamente las emociones, impulsos y recursos internos conducentes a la auto-corrección que se da ante discrepancias, índices de peligro inminente o estados motivacionales conflictivos.

En términos más específicos se  espera que los y las estudiantes sean capaces de:

-         En el plano cognitivo, por ejemplo:

ü     Conocer, comprender y valorar la importancia  de la autorregulación y ciertos procedimientos que se emplean para auto controlar la propia conducta, generando criterios evaluativos y de crítica que orientan su decisión. En otras palabras, entiendan que la autorregulación es el mecanismo intelectual y emocional que deben emplear con el fin de no caer en prácticas, a veces tentadoras, que ponen en riesgo a los demás y, directa o indirectamente, a ellos mismo.
ü     Saber  y comprender que en el medio social en que se desenvuelven, una conducta de autocontrol puede causarles tensiones, conflictos y desavenencias con los demás, principalmente si rechazan aquellas presiones que involucran conductas que violan los derechos de las personas y/o los estándares morales, sociales o culturales a los que ellos adhieren. Por lo tanto, comprendan que la autorregulación de la conducta implica una exigencia ético-ciudadana en función de la adaptación social, que se traduce no solo en un requerimiento de hacer o no hacer, sino de formarse con determinadas características propias de personalidad que les permitan ejercer el autocontrol.


-         En el plano actitudinal-valórico, por ejemplo:

ü     Percibir,  valorar, y expresar sus sentimientos de modo oportuno, siendo capaz de controlar las emociones desagradables, negativas o estresantes, con el fin de reducir la intensidad o la duración de los estados emocionales en una situación de tensión como es el bullying.
ü     Tomar conciencia que una conducta expresiva-emocional no regulada puede impactar sobre otros/otras y toman esto en cuenta en sus relaciones interpersonales.
ü     Manejar y emplear información para no dejarse influir frente situaciones en las que son presionados por su medio social, por ejemplo, para el  consumo de drogas o alcohol, y también actos violentos y de bullying; elaborando argumentos que les permiten afirmar su postura personal e influir sobre los demás.


-         En el plano comportamental, por ejemplo:

ü     Mantener  la calma en situaciones de tensión, asumiendo una actitud socialmente responsable frente a sí mismos y los demás, sin dejarse influir por presiones indebidas que acarrean violación a derechos, pero a su vez mostrando una actitud abierta y ponderada.
ü     Frente a situaciones de intimidación reiteradas con alguno de los o las estudiantes  tienen la capacidad de rechazar aquellas presiones que involucran conductas que violan los derechos  propios y el de los demás y/o los estándares morales, sociales o culturales a los que ellos adhieren. Por lo tanto, comprenden que la autorregulación de la conducta implica una exigencia ético-ciudadana en función de la adaptación social, que se traduce no solo en un requerimiento de hacer o no hacer, sino de formarse con determinadas características propias del sujeto de derechos.
ü     Evaluar su comportamiento en situaciones que requieren autorregulación, en relación a metas y/o criterios personales preestablecidos. Es decir, tienen capacidad de hacer una auto evaluación de su conducta sobre la base de alguna norma referida a los derechos humanos o bien de su propia expectativa ideal. En este sentido, pueden responder a preguntas como: ¿mi comportamiento coincide con los principios  que sustentan la vigencia de los derechos humanos ;¿existe una discrepancia entre mi comportamiento y el que definí idealmente?; ¿cuáles son las consecuencias de la autorregulación de mi conducta en la situación en que me encuentro y cuáles podrían ser los efectos sociales y personales si no regulo mi comportamiento?



   v.            Pedagogía y Didáctica

La perspectiva de  derechos humanos  como estrategia para atender y prevenir el bullying escolar  y contribuir al logro de las competencias formadoras de sujeto de derechos, implica  en el plano pedagógico, converger  hacia  la postura  y los principios de  la pedagogía crítica.  Es decir, enfrentar la intimidación en la matiz de los derechos humanos requiere de una pedagogía que sea concordante y que no entre en contradicciones  con los  postulados básicos de los derechos humanos.

Desde esta perspectiva crítica, se trata que los y las estudiantes, por un lado, penetren en la comprensión de las relaciones de poder y dominación y tomen conciencia de como las interacciones interpersonales intimidadoras hacen uso de un poder indebido e ilegítimo y, por el otro, en la aceptación y reconocimiento del Otro/Otra igual pero distinto  como un legitimo Otro/Otra.

Esto último nos introduce de lleno a lo que Pedro Ortega Ruiz (2004)[22] denomina “pedagogía de la alteridad”. Este autor, después de hacer una crítica al paradigma tecnológico de la educación, señala que  el proceso educativo se inicia con la mutua aceptación y reconocimiento de maestro y alumno, en la voluntad de responder del otro por parte del profesor, en la acogida gratuita y desinteresada que presta al alumno de modo que éste perciba que es alguien para el profesor y que es reconocido en su singularidad personal. Sin reconocimiento del otro y compromiso con él no hay educación. Por ello, cuando hablamos de educación estamos evocando un acontecimiento, una experiencia singular e irrepetible en la que la ética se nos muestra como un genuino acontecimiento, en el que de forma predominante se nos da la oportunidad de asistir al encuentro con el otro,  al nacimiento (alumbramiento) de algo nuevo que no soy yo”.

En esta misma concepción pedagógica Bárcena y Melich,(2000)[23] hacen referencia - como propuesta ética- a términos como el de “acogimiento” con el Otro / Otra; de “hospitalidad “ con el Otro /Otra. Por su parte ,Emmanuel Levitas(2000)[24]  - filósofo de la alteridad por excelencia-vincula la ética con la  responsabilidad” con el Otro /Otra. Entendiendo “la responsabilidad como responsabilidad para con el Otro, como responsabilidad con el otro, así pues, como responsabilidad para lo que no es asunto mío o que incluso no me concierne; o que precisamente me concierne, es abordado por mí como rostro”.

Levinas, va mucho más allá del concepto corriente que tenemos de la  responsabilidad  y de la aproximación hacia el otro u otra. Por lo general, existe una responsabilidad intencionada, una aproximación al otro porque me es conocido, por que espero una reciprocidad. A veces soy  responsable del otro por un sentimiento de culpa, por que debo tranquilizar mi conciencia. Levinas sostendrá: “Yo soy responsable del otro sin esperar la recíproca, aunque ello me cueste la vida”.A reglón seguido trae una frase de Dostoievski: “Todos nosotros somos culpables de todo y de todos ante todos  y yo más que los otros”.La tendencia  generalizada  ha sido   a reducir al Otro/ Otra  a lo  mismo, o utilizarlo con ciertos fines o propósitos en muchos casos en desconocimiento del Otro/Otra u  ocultando las verdaderas intenciones de la relación. 

Para  Levinas la adaptación del Otro/ Otra  a lo Mismo no se obtiene sin violencia”14, es reducir lo múltiple a la totalidad. Podría decirse que, reducir al Otro/Otra a mí mismo es no sólo violencia sino que dominación,  es ejercer sobre el Otro/Otra un  poder arbitrario es en definitiva, aniquilar la diversidad subsumiéndola a la homogeneidad.

Creemos no equivocarnos que la pedagogía de la alteridad se ordena completamente al fenómeno del bullying,  en donde,.como ya se ha señalado , impera la violencia como mecanismo de dominación y un uso ilegitimo del poder. Atender y  prevenir el bullying desde esta posición significa crear condiciones para que todos los y las  estudiantes que participan con uno u otro rol en el bullying,  aprendan a mirar, a escuchar, a sentir, a vigilar al Otro/Otra. Se trata de la construcción de un lenguaje, una cultura, una conciencia que pregunta sin reparos, sin condiciones, sin búsqueda de reciprocidad. De suerte que frente a la pregunta : ¿Dónde esta tú hermano ?. No responde  con un  ¡acaso  yo soy guardián de mi hermano¡ . No contesta  acerca del Otro/Otra  con evasivas, con excusas, con dilaciones. 

En efecto, la perspectiva en derechos humanos para atender y prevenir el bullying escolar  es una estrategia  que hace que los estudiantes sean  vigilantes del Otro/Otra indistintamente de su origen o procedencia, de su ubicación social o cultural,  de su género o étnica, de su edad,  de su orientación sexual, de su adscripción religiosa o espiritual. Sin embargo, exige que estén más alertas con aquellos grupos que históricamente han visto sus derechos atropellados y violados y  su dignidad humillada. De esta forma, la estrategia asume  un ethos ético- político en la procura de la eliminación de  las discriminaciones, la marginación y la estigmatización.

Ahora bien, la traducción didáctica de los principios pedagógicos que hemos esbozado induce a tener en cuenta lo que sigue:
.
En primer lugar, es importante hacer ver que las competencias que comprometen la estrategia se logran en la medida que son practicadas una y otra vez en circunstancias distintas y variadas. Por consiguiente, es importante que de manera deliberada se creen  situaciones muy diversas  y recurrentes para que los estudiantes tengan la oportunidad de practicar   las competencias   que se  pretende desarrollar. Es un error pensar que  estos aprendizajes pueden ser  alcanzados   a través  de una sola actividad esporádica y aislada.  En este sentido, la consigna es “una vez no basta”; realizar actividades aisladas y dispersas no contribuirá demasiado, a desaprender actitudes y comportamientos que inducen al bullying. Se requiere  de un trabajo constante y reiterado. En otras palabras, los conocimientos, actitudes y habilidades que cada una de las competencias  involucra, precisan una ejercitación permanente; los valores a los que apuntan pueden ser apropiados a través de reiteradas experiencias de vida; los  múltiples conceptos que articulan el curriculum  son complejos y suponen diversos niveles de análisis, discusiones y aplicaciones. Así por ejemplo, si se desea que los  y las estudiantes asuman una actitud y un comportamiento de rechazo frente a situaciones  de bullying que comprometen el  menoscabo  de la dignidad de las personas, debieran crearse múltiples y diversas actividades para que tengan oportunidad de conversar, discutir y deliberar al respecto ,analizando tanto las  las estrategias en las que  debieran  participar  de pevención como de atención de las consecuencias que el bullying acarrea no sólo a las victimas y victimarios sino que a la escuela integralmente, a las  familia, y a la  comunidad. Las actividades a llevar a cabo deben ajustarse a los distintos niveles de  desarrollo educacional , intelectual y emocional de los y las  estudiantes.

En segundo término, el logro de las competencias   se ve reforzado en la medida que se crea un ambiente propicio para su desarrollo. La coherencia entre lo que se dice y lo que se hace es parte importante de este ambiente. Esta coherencia se da tanto al interior de cada actividad, como de las diversas actividades entre sí. Es preciso-aunque no siempre resulta fácil- que la metodología que se emplee  de cuenta explicita como implícitamente de un grado importante  de consistencia con la propia doctrina de los derechos humanos.  Es necesario, también, que los derechos humanos traspasen toda la  práctica docente, que se conviertan en un sello del estilo docente. Es así como sería incoherente que a continuación de una actividad que promueve  discursivamente ciertos valores referidos a los derechos humanos como son la tolerancia, la no discriminación, el respeto y el reconocimiento  y promoción de la diversidad cultural y social ,la cultura escolar y la práctica docente sea autoritaria y antidemocrática.  Es fundamental, entonces, que la didáctica de enseñanza y de aprendizaje sea concordante con los principios e ideas fuerza que orientan la educación en derechos humanos, Dicho de otra manera , no  se sacaría  nada si a continuación de un alocución referida al bullying  en su relación con  los derechos humanos ,en la práctica docente, se estableciera una relación autoritaria y jerárquica.

En tercer lugar, el bullying en su relación con los derechos humanos  esta estrechamente vinculada  con la multiplicidad de  situaciones de la vida cotidiana de la institución educativa. Por lo tanto, hay necesidad de  rescatar, recuperar, clarificar estas situaciones; no  dejar que los actos de intimidación pasen inadvertidos, que se silencien o se oculten. En el plano de  la educación en derechos humanos en su vinculación con el bullying , no es posible  dejar que las cosas sucedan sin que dejen rastros, impidiendo que se resignifiquen y se aclaren. Es el momento de mostrar que el bullying constituye una  violación a los derechos humanos, es una severa manifestación de intolerancia y discriminación. La sugerencia didáctica, entonces, es que el docente esté en una situación de dialogo permanente con sus estudiantes y  los motive a que sean participes activos en la  búsqueda de soluciones  que el  bullying  plantea. Los y las estudiantes son orientados por el docente  en la  búsqueda  e investigación de la  información referida a los instrumentos  normativos, legales e institucionales nacionales e internacionales  referido a los derechos humanos en su relación con el bullying. Es importante que sean los propios alumnos y alumnas los  que analicen grupalmente la información recolectada. De esta manera pasan de ser receptores pasivos a  productores  activos de conocimientos. No se trata que repitan sin comprensión  por ejemplo, las muchas declaraciones, pactos, convenciones, resoluciones, leyes y normativas  referidas a los derechos humanos. Por el contrario, en debates, paneles, foros, buscan los diferentes significados  que para sus vidas tiene todos estos instrumentos, como se relacionan con  el fenómeno del bullying y con sus vivencias y sentimientos. La expresión libre de las  emociones y afectividad es un componente fundamental del conocimiento  de los derechos humanos. El rescate de la subjetividad y la comunicación intersubjetiva de los estudiantes es el que finalmente construye al sujeto de derechos. Para dar un ejemplo, en vísperas del 10 de Diciembre día que se conmemora  la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es deseable que los  y las estudiantes investiguen su historia, den razón del por qué de ella, el significado que esta tiene para la humanidad toda. Interesa, de manera preferente, que los  y las estudiantes digan cuál o cuáles de los artículos de la Declaración  se vinculan directa o indirectamente con el bullying; cuáles artículos son los que al parecer de ellos  y ellas son conculcados.


Finalmente, queremos sugerirle a los docentes  que asuman el fenómeno del  bullying desde una postura problematizadora, es decir  enfrentando los problemas y tensiones que éste conlleva.  En efecto, el bullying,  así como , otras situaciones que comprometen  los derechos humanos comportan múltiples problemas  y tensiones que no pueden soslayarse. Cabe hacer notar, que en muchas ocasiones la escuela no desea que los estudiantes confronten los problemas ligados al autoritarismo, a la intolerancia, a las discriminaciones, a la marginación y  a la  propia intimidación

Los rasgos que definen a la postura problematizadora pueden resumirse de la manera que sigue:

Una didáctica problematizadora que aborda el fenómeno del bullying desde la perspectiva de los derechos humanos  les presenta a  los y las  estudiantes situaciones, ejemplos, relatos y testimonios  problemáticos que les permiten  analizar las relaciones de poder que están en juego; induce a que cuestionen críticamente el carácter interrelacionado, interdependiente e indivisible de los derechos humanos. Al respecto es posible hacer uso, por ejemplo, de videos, películas textos  de personas que han sido intimidadas  y en consecuencia violadas sus derechos por el sólo hecho de pertenecer a grupos que históricamente han sufrido de la injusticia, la exclusión, la marginación, la persecución, la discriminación, la violación sistemática  e institucionalizada  de su dignidad humana, como han sido y todavía los  son  las mujeres, los grupos indígenas, los judíos, los homosexuales y lesbianas, los discapacitados, los pobres, los ancianos, los niños, los jóvenes, los inmigrantes etc. En este sentido, se trata de esclarecer el subyacente ético- político; histórico -social  que las discriminaciones e intolerancias conllevan y  se invita a los y las estudiantes a que se sumen a la lucha contra el  racismo, la xenofobia, el antisemitismo,  la homofobia, el edadismo, el sexismo, y otras tantas intolerancias conexas[25].  

En síntesis, una didáctica problematizadora tendiente a atender y prevenir el fenómeno del bullying en la perspectiva de los derechos humanos está éticamente compelida  a abordar sin tapujos, sin silenciamiento y ocultamiento  el fenómeno  de la intimidación, por doloroso que, en algunas ocasiones,  esto sea. No hay educación en derechos humanos en el silencio escondido del momento en que la violación se presenta frente a nuestros ojos El silenciamiento  es  intrínsecamente  anti educativo. La educación en derechos humanos está llamada a esclarecer, a ilustrar, a expandir la mirada. En el silencio, esto es imposible. No es el silencio de la reflexión, de la duda de la contemplación,  sino que es el silencio del miedo de enfrentar los problemas que el bullying conlleva.

Con fines didácticos hemos distinguido tres momentos centrales del modelo problematizador que hemos esbozado y que orientan la estrategia de prevención del bullying desde la perspectiva de los derechos humanos: 

A.    Momento del Diagnóstico, es aquel en el que los y las  estudiantes  identificarán algunos problemas que se vinculan con el bullying  en su relación con los derechos humanos.  Ellos/as ubican problemas que emergen desde las tensiones, conflictos y/o contradicciones que confrontan en su escuela, en la prensa, en Internet, en sus comunidades etc.

B.    Momento de Selección  del problema a trabajar, es aquel en el que los  y las estudiantes de la serie de problemas identificados, seleccionan y fundamentan aquel que será objeto de profundización y análisis.  La fundamentación debe señalar por qué se eligió el problema entre tantos otros.  Este momento es importante ya que permite que los y las estudiantes  tomen conciencia de la urgencia que algunos problemas tienen.  Además la selección se realiza a través de un diálogo y una deliberación que les permite ir percatándose de las diversas situaciones conflictivas que se confrontan y las consecuencias que el problema tiene  para ellos y su comunidad escolar,  y sus familias.

C.    Momento de Elaboración, una vez que ya se tiene seleccionado el problema/bullying, debe hacerse una práctica de delimitación del problema.  Se precisa con claridad cuál es el problema, se identifica el núcleo central del problema, se determinan los conceptos y principios que comprometen el problema.  Hay que precisar ¿qué es lo que hace que la situación se convierta en problemática? 

D.    Momento en las que se levantan alternativas de solución: que precisa como se piensa que el problema debe solucionarse, cuáles son las acciones que deben tomarse.  En la solución se debe ser bien realista y concreto.  Son a veces recomendaciones u otros compromisos personales y colectivos para intervenir directa y activamente en la solución del problema, contribuyendo con soluciones concretas.  Las soluciones siempre implican un compromiso actitudinal y valórico. Las soluciones referidas al fenómeno del bullying  son aquellas que conducen a que las y los alumnos intervengan directa y activamente sobre el problema, contribuyendo con respuestas concretas. Por ejemplo, realizar campañas anti-bulling; efectuar foros y debates y conferencias referidas al bullying; conversar con los que participan o presencian situaciones de bullying; involucrar a los padres,  profesores, directivos y personal de apoyo. Por sobre todo, las  soluciones  deben tender a que los y las estudiantes desarrollen una disposición comprometida  frente al bullying, una toma conciencia de los derechos humanos que están comprometidos en el problema,  un estado de empatía, un deseo de tomar partido y no ser indiferente. [26]



4.   Evaluación de Impacto

Como toda estrategia de intervención, la que hemos propuesto requiere de ser evaluada permanentemente, con el fin de percatarse de sus resultados  y de su impacto. La evaluación debe tomar en cuenta aspectos como los siguientes: 

Ø     Las competencias básicas  y especificas  que se han identificados con anterioridad, son la herramienta principal para la recolección de evidencias de aprendizaje durante todo el proceso pedagógico y didáctico que se desarrolla en torno al bullying. El logro de estas competencias permite  formarse un juicio, o sea, saber si están en proceso de ser alcanzadas.

Ø     La verificación acerca de si las  competencias básicas  son alcanzadas  no es algo observable directamente, por lo que hay necesidad de traducirlas en  indicadores de logro, los que entregarán indicios si los y las estudiante están en vías de adquirirlas. Además serán los indicadores de logro  los que permitirán, concomitantemente, valorar si los y las estudiantes se están formando como sujeto de derechos.

Ø     Por su parte, se entiende las competencias básicas, en  especial las específicas, son procesos de desarrollo  por consiguiente no hay necesidad de evaluarlas todas. Corresponde, con ciertos criterios teóricos y fundamentalmente con datos empíricos, determinar  cuáles son las competencias que entregan la mejor información para saber si  están impactando  en la disminución del bullying escolar. Así por ejemplo, si los  y las estudiantes crean redes de apoyo y confianza entre ellos/ellas constituye, por cierto, un índice importante  del que el fenómeno bullying está siendo atendido y prevenido. Al igual, si se observa que hay menores denuncias de  ocurrencia de bullying en la cual es un buen indicador de logro,


En este sentido, a medida que los docentes van trabajando pedagógica y didácticamente en torno al fenómeno del bullying, se podrá ir recopilando y acumulando cierta cantidad de información, con referencia al conjunto de las competencias y las acciones que la institución está llevando a cabo para atender y prevenir el bullying. Es decir, la evaluación se considera de carácter formativo, aunque no se descarta la posibilidad de una evaluación de tipo acumulativo. Un “Cuaderno de Registro” del docente y un “Portafolio” en donde  los estudiantes consignan sus propios avances respecto a la atención y prevención del bullying son excelentes dispositivos de evaluación formativa que se pueden emplear.

La elaboración de pruebas que midan el logro de conocimientos respecto, por ejemplo, a los  instrumentos y normativas  de derechos humanos, en su relación con el  fenómeno del bullying, es un buen indicador de logro. El empleo de un cuestionario tipo Likert es un instrumentos, entre otros, que se pueden utilizar para  evaluar el logro de actitudes frente al bullying.

Las entrevistas, los grupos focales, los debates en torno al bullying escolar, las acciones que la escuela sus profesores, los padres, los estudiantes realicen  para sensibilizar a la comunidad escolar toda son situaciones de evaluación muy pertinentes.

Se podría señalar que indicadores  muy definitorio que el bullying está en retroceso es si la escuela ha elaborado protocolos de acción, realizado campañas anti-bullying, ha creado un grupo operativo que atienda con eficacia y prontitud los casos de bullying más severo etc. 

Es importante señalar que no sólo interesa evaluar el logro de las competencias, sino que además el clima escolar que es una variable que incide directamente sobre el bullying escolar

En síntesis, se puede señalar que se requiere el empleo de dispositivos diversos para evaluar si el bullying esta siendo prevenido, atendido, y por sobre todo si está siendo controlado. Es recomendable que en la elaboración y aplicación de los instrumentos de evaluación participe el colectivo de personas que están vinculados con la institución educativa, incluyendo por supuesto a  las y  los estudiantes que pueden aportar con su autoevaluación.


En definitiva, es importante señalar que dado que esta estrategia de atención del bullying desde una perspectiva de derechos humanos se encuentra aún en proceso de diseño, no se cuenta actualmente con datos de evaluación de impacto que pudiesen difundirse en la presente descripción.  Sin embargo, es posible señalar que debido a la cercanía de este modelo con la educación en derechos humanos a la que nos hemos abocado por años (capacitando profesores, preparando materiales y por sobre todo haciendo clases en establecimientos educacionales de todos los niveles, desde básica hasta universitario), es posible adelantar y decir que la estrategia tendrá un alto impacto en la atención y prevención del bullying. La educación en derechos humanos logra la toma de conciencia por parte de toda la institución escolar y su entorno, ya que en la medida que se respetan  los derechos humanos se gana no sólo en formar estudiantes, sujetos de derechos, capaces de defender los derechos propios  y el de los demás, sino que también se crea un clima escolar de respeto, tolerancia, confianza, y de observancia de las normas, todo lo cual contribuye directamente a prevenir e intervenir el bullying.





[1] Magendzo, A.; Toledo, M.I. y Rosenfeld, C. (2004) Intimidación entre estudiantes. Cómo identificarla? Cómo atenderla? Santiago: LOM.

[2] Smith, P.K. y Levan, S. (1995). Perceptions and experiences of bullying in younger pupils. British journal of educational psychology. Vol. 65, 485-500.

[3] A manera de ejemplo se pueden citar los siguientes programas de intervención: Programa de Noruega en 1992 de D. Olweus; Programa de Formación Docente de Rosario Ortega; Programa Anti-Bullying de Toronto de  D. Pepler, W. Craig, S. Ziegler y A. Charach; Proyecto Sheffield en Reino Unido de S. Sharp y  P.K.Smith; Modelo Sevilla Anti-Violencia Escolar, de R. Del Rey y R. Ortega; Programa de “Bully Busters”,de Orpinas, Horne, Newman-Carlson y Bartolomucci.



[4] Michaell B. Greene. (2006). Bullying in schools: A plea for measure of human rights. Journal of Social Issues, Vol.62 Nº1, pp.63-79.
[5] http://www.unicef.org.uk/rrsa
[6] - Magendzo, A. (2009) (Editor) Pensamiento e Ideas Fuerza de la Educación en Derechos Humanos en Iberoamérica. Editorial SM. Santiago, Chile.
 - Magendzo, A. (2008). La escuela y los derechos humanos. Ediciones Cal y Arena, México.
 - Ramírez,G. (1994). La  educación para la paz y los derechos humanos:
significados, alcances y retos en México. Reunión Consultiva del
Programa Cultura de Paz. UNESCO.
 - Tuvilla, J. (1998). Educar en los derechos humanos. Madrid: CCS.



[7] Magendzo, A. (2009). Pensamiento e ideas-fuerza de la educación en derechos huanos en Iberoamérica. Editorial SM,   Pág.129. 

[8] Greene, M. (op.cit). 
[9] Olweus, D. (2001). Peer harrasment: A critical analysis and same important issues. En Juvenonen, J. & Grams, S. (Eds) Peer harrassment in school (pp. 3-20). New York: Guilford.

[10] Smith, P.K. (2000). Bullying and harassment in schools and the rights of children Journal Children and Society. Vol.14 (pp249-303)



[11] Greene, M. (Op. cit.) (p. 8)
[12] Violencia de género y relaciones de poder: implicaciones para la educación Revista de Educación No 342 enero-abril 2007

[13] Daugelli, A. (2002). Incidence and mental health impact of sexual orientation victimization of lesbian, gay, and bisexual youths in high school. En School Psychology Quarterly, 17. (pp.148-160.

[14] Olweus, D. (2004). (Op.cit).

[15] Espelage, D. & Swearer, S. (2003) Research on School Bullying and Victimization: What Have We Learned and Where Do We Go from Here? Journal article: School Psychology Review, Vol. 32.


[16] Juvonen, J. Nishina,A. y Graham .S (Edt) (2001). Collectively, the relation between race/ethnicity and bullying is complex and is potentially influenced by the racial/ethnic composition of the classroom, school, or community.en Peer harassment in school: Their pleigh of the vulnerable and victimized,  (pp. 105-12).New York: Guilford

[17] Hunter, S.C & Boyle, J.M.E. (2002). Perceptions of control in the victims of school bullying: The importance of early intervention. En: Educational Research. 44(3) pp323-336

[18] Pepler, D. y Smith, C. (1999). Bullying and Victimization: Experiences of Immigrant and Minority Youth. Colloquium sponsored by CERIS - York (Joint Centre of Excellence for Research on Immigration and Settlement) and LaMarsh Centre for Research on Violence and Conflict Resolution.

[19] Sourander, A. Jensen, P. Ronning, J.A., (2009). Childhood bullies, &
Wilkinson, G., Pickett, K.E. The Spirit Level: Why More Equal Societies
Almost Always Do Better. London: Penguin.

[20] Moss, R., Moss, B. & Tricket, E. (1989) Escalas de clima social: familia, trabajo, instituciones penitenciarias, centro escolar. Consulting Psychologists Press.  Madrid: Adaptación española, TEA Ediciones.

[21] Algunas investigaciones  han estudiado las caracteristicas   sociometricas de intimidadores y victimas . Comparado con otros estudiantes los intimidadores tiene mas grupos de amigos La victimización ha sido asociada con aislamiento y exclusion y rechazo (Bjoerkqvist et al., 2001; Graham & Juvonen, 1998). Sin embargo, hay un estudio longitudinal que evidencia que amistades reciprocas (por ejemplo situaciones en las cuales elijen y nominan a un mejors amigo y reciben una aceptación reciproca de ese amigo) protejen a los estudiantes de la victimización  (Boulten, Trueman, Chau, Whitehand, & Amatya, 1999).  Amistades reciprocas pueden igualmente constituirse en una barrera para las consecuencias psicologicas de la victimización ; incluyendo la alienacion y la depresion  (Hodges, Malone, & Perry, 1997; Hodges, Boivin, Vitaro, & Bukowski, 1999)En su revisión , Naylor and Cowie (1999) hacen notar que sistema de apoyo , incluyendo el hacer amigos , la resolución de conflictos  y programas de orientación en algunos casos reducido exitosamente el  bullying y creado un clima favorable en la sala de clases


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[22] Pedro Ortega Ruiz ,Moral, Education as pedagogy of alterity , The Journal of Moral Education  Vol 33 , Numero 3, September 2004  pags 271-289



[23] Fernando Bárcena , Joan –Carles Melich. La educación como acontecimiento ético : Natalidad, narración y hospitalidad , Papeles de pedagogía , España  Piados, 2000  


[24] 11 Emmanuel,Levinas, Etica e Infinito ,Etica e Infinito, Graficas Rógar, S. A Madrid –España ,Segunda Edición ,2000 página 75


-          [25] Recomendamos al docente que consulte Internet material didáctico, bullying y derechos humanos
[26] Abraham Magendzo, Patricio Donoso. Diseño curricular problematizador en la enseñanza de los derechos humanos. Programa Interdisciplinario de Investigación en Educación (PIIE); Stgo- Chile. Instituto Interamericano de derechos Humanos (IIDH) Costa Rica  1992





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